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Lista de SVHC de REACH 2026: 253 sustancias de la lista de candidatas y requisitos de cumplimiento

La Lista de sustancias candidatas de REACH de la UE contiene actualmente 253 entradas de sustancias extremadamente preocupantes (SVHC). La última actualización entró en vigor el 4 de febrero de 2026, cuando la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) añadió dos nuevas entradas: n-hexano y 4,4′-[2,2,2-trifluoro-1-(trifluorometil)etilideno]difenol y sus sales.

Las empresas que fabrican, importan o suministran productos en la Unión Europea deben supervisar continuamente la Lista de sustancias candidatas, ya que la inclusión de una SVHC puede generar obligaciones legales inmediatas en virtud de REACH. Estas obligaciones pueden incluir la comunicación en la cadena de suministro, la notificación a la ECHA y la presentación de información en la base de datos SCIP cuando una SVHC está presente en una concentración superior al 0,1 % en peso (p/p) a nivel de artículo.

Enviropass mantiene esta página como una referencia permanentemente actualizada sobre la Lista de sustancias candidatas SVHC de REACH, los requisitos de cumplimiento aplicables a los productos y los métodos prácticos para evaluar los artículos.

REACH SVHC de un vistazo

Sustancia

Preocupación principal

Ejemplos de dónde puede encontrarse

EGDME

Toxicidad para la reproducción

Disolventes y formulaciones químicas

Plomo

Toxicidad para la reproducción

Aleaciones, soldaduras, piezas metálicas y componentes electrónicos

PFHxS y sus sales

Preocupación por persistencia y bioacumulación

Ciertas aplicaciones químicas especializadas y fluoradas

SCCPs

Preocupación PBT / mPmB

Plásticos, caucho, recubrimientos y formulaciones industriales

Fuente oficial: Lista de sustancias candidatas extremadamente preocupantes para autorización de la ECHA.

Únicamente la Lista de sustancias candidatas publicada por la ECHA constituye la lista reglamentaria oficial. La ECHA señala que las empresas pueden quedar sujetas a obligaciones legales inmediatamente después de que una sustancia sea incluida en la lista.

¿Qué es una SVHC de REACH?

SVHC significa sustancia extremadamente preocupante (Substance of Very High Concern).

En el marco de REACH, una sustancia puede identificarse como SVHC debido a los riesgos particularmente graves que presenta para la salud humana o el medio ambiente. Estas sustancias pueden incluir aquellas que son:

  • carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción;
  • persistentes, bioacumulables y tóxicas (PBT);
  • muy persistentes y muy bioacumulables (mPmB); o
  • consideradas de un nivel de preocupación equivalente, incluidos determinados disruptores endocrinos.

Una vez completado el proceso de identificación como SVHC, la sustancia puede incluirse en la Lista de sustancias candidatas de REACH para autorización.

La inclusión en la Lista de sustancias candidatas no significa automáticamente que la sustancia esté prohibida.

En cambio, su inclusión genera obligaciones reglamentarias y puede constituir una etapa previa a su eventual incorporación al Anexo XIV de REACH — Lista de sustancias sujetas a autorización.

Lista actual de SVHC de REACH: 253 entradas

En agosto de 2026, la Lista de sustancias candidatas oficial de la ECHA contiene 253 entradas. Algunas entradas de la Lista de sustancias candidatas abarcan grupos de sustancias, lo que significa que el número real de sustancias químicas individuales afectadas puede ser superior a 253.

Current REACH SVHC List: 253 Entries

As of September 2026, ECHA’s official Candidate List contains 253 entries. Some Candidate List entries cover groups of substances, meaning that the actual number of individual chemicals affected can be greater than 253.

Últimas incorporaciones de SVHC de REACH – febrero de 2026

La ECHA añadió las dos entradas siguientes el 4 de febrero de 2026:

Substance

CAS No.

Reason for Inclusion

Example Uses

n-Hexane

110-54-3

Specific target organ toxicity after repeated exposure

Formulation, polymer processing, coatings and cleaning agents

4,4'-[2,2,2-trifluoro-1-(trifluoromethyl)ethylidene]diphenol and its salts

Group entry

Toxic for reproduction

Process regulators and cross-linking agents

Estas incorporaciones aumentaron la Lista de sustancias candidatas de 251 a 253 entradas.

Historial reciente de la Lista de sustancias candidatas

Date

Candidate List Count

February 4, 2026

253

November 2025

251

June 25, 2025

250

January 2025

247

2nd half of 2024

242

La ECHA confirmó el aumento a 250 entradas en junio de 2025 y, posteriormente, a 251 entradas tras la incorporación del DBDPE más adelante en 2025.

Esta evolución histórica es importante, ya que las declaraciones de los proveedores que hacen referencia a listas anteriores de 241, 247, 250 o 251 SVHC pueden dejar de representar la Lista de sustancias candidatas vigente.

Descargar la lista actual de SVHC de REACH

Enviropass ofrece versiones de referencia prácticas de la Lista de sustancias candidatas vigente para facilitar las evaluaciones de conformidad ambiental de los productos.

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Lista actual de SVHC de REACH – PDF

Descargar la Lista de sustancias candidatas SVHC actual en formato PDF

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Anexo XVII Tabla

Última versión del anexo XVII - Lista de restricciones

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Anexo XVII Tabla

Última versión del anexo XVII - Lista de restricciones

Estos documentos constituyen herramientas prácticas para el cumplimiento, pero las empresas siempre deben consultar la Lista de sustancias candidatas oficial de la ECHA como fuente reglamentaria de referencia.

¿Qué significa el umbral del 0,1 % para las SVHC de REACH?

Uno de los requisitos más importantes de REACH para los fabricantes se refiere a los artículos que contienen sustancias de la Lista de sustancias candidatas en una concentración superior al 0,1 % en peso.

Determinar correctamente si un producto es un artículo, una sustancia o una mezcla según REACH es esencial, ya que el umbral del 0,1 % debe evaluarse en el nivel de artículo correspondiente.

El umbral se aplica al artículo individual, y no simplemente al producto ensamblado terminado.

Este principio se describe a veces como:

«Una vez que es un artículo, siempre es un artículo».

Por ejemplo, consideremos un equipo electrónico que contiene:

  • un conjunto de placa de circuito impreso (PCBA);
  • conectores;
  • cables;
  • tornillos;
  • etiquetas;
  • carcasas de plástico; y
  • componentes internos.

Si un componente individual que constituye un artículo contiene una SVHC por encima del 0,1 % en peso, su concentración no puede simplemente diluirse calculándola sobre el peso total del equipo terminado.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirmó que el umbral del 0,1 % se aplica a los artículos que forman parte de productos complejos.

Obligaciones de comunicación del artículo 33 de REACH

Si un artículo suministrado en la UE o el EEE contiene una sustancia de la Lista de sustancias candidatas en una concentración superior al 0,1 % en peso, el proveedor debe proporcionar a los destinatarios información suficiente para permitir un uso seguro del artículo.

Como mínimo, esta información debe incluir el nombre de la sustancia incluida en la Lista de sustancias candidatas.

Comunicación entre empresas (B2B)

La información debe comunicarse a los destinatarios profesionales o industriales en el momento en que se suministra el artículo.

Solicitudes de los consumidores

Los consumidores también tienen derecho a preguntar si un artículo contiene SVHC de la Lista de sustancias candidatas en una concentración superior al 0,1 % en peso.

Cuando se aplica esta obligación, el proveedor debe responder:

en un plazo de 45 días y de forma gratuita.

¿Cuándo se requiere una notificación a la ECHA conforme al artículo 7(2)?

El artículo 7(2) de REACH establece una obligación adicional de notificación para determinados productores e importadores de artículos.

La notificación a la ECHA puede ser obligatoria cuando se cumplen ambas condiciones siguientes:

  1. una sustancia de la Lista de sustancias candidatas está presente en el artículo correspondiente en una concentración superior al 0,1 % en peso; y
  2. la cantidad total de esa sustancia presente en los artículos correspondientes supera una tonelada por productor o importador al año.

Cuando se aplica esta obligación, la notificación debe realizarse, por lo general, en un plazo de seis meses a partir de la inclusión de la sustancia en la Lista de sustancias candidatas.

Pueden aplicarse determinadas exenciones, entre ellas cuando:

  • puede excluirse la exposición de las personas y del medio ambiente durante las condiciones normales o razonablemente previsibles de uso, incluida la eliminación; o
  • la sustancia ya ha sido registrada para ese uso.

Por lo tanto, el artículo 7(2) debe evaluarse por separado del artículo 33.

¿Qué es la base de datos SCIP?

SCIP significa:

Sustancias preocupantes presentes en artículos, como tales o en objetos complejos (productos) (Substances of Concern In articles as such or in complex objects (Products)).

La base de datos SCIP se estableció en el marco de la Directiva marco de residuos de la Unión Europea y es gestionada por la ECHA.

Desde el 5 de enero de 2021, los proveedores que comercializan en el mercado de la UE artículos que contienen sustancias de la Lista de sustancias candidatas en una concentración superior al 0,1 % en peso pueden estar obligados a presentar información en la base de datos SCIP.

Entre las organizaciones potencialmente afectadas se incluyen:

  • fabricantes de la UE;
  • ensambladores de la UE;
  • importadores de la UE;
  • distribuidores; y
  • otros actores de la cadena de suministro que comercialicen en la UE artículos sujetos a estos requisitos.

Los minoristas que suministran artículos directa y exclusivamente a los consumidores generalmente no están sujetos a la obligación de presentación de información en SCIP descrita por la ECHA.

¿Qué información se debe declarar en SCIP?

Según el producto y la estructura de los artículos, la información que debe declararse en SCIP puede incluir:

  • la identificación del artículo;
  • la categoría del artículo;
  • la identificación de la sustancia de la Lista de sustancias candidatas;
  • el intervalo de concentración;
  • la categoría del material;
  • la categoría de la mezcla, cuando corresponda;
  • la información necesaria para un uso seguro; y
  • la información sobre la jerarquía de objetos complejos.

Por lo tanto, para un producto complejo, como un equipo electrónico, la declaración en SCIP puede representar el producto como una jerarquía de artículos y objetos complejos.

Una SVHC de REACH no significa que esté «prohibida»

Esta distinción es esencial.

La Lista de sustancias candidatas no constituye por sí misma una lista general de sustancias prohibidas.

Una sustancia incluida en la Lista de sustancias candidatas aún puede estar legalmente presente en un producto.

Sin embargo, su presencia puede activar:

  • obligaciones de comunicación conforme al artículo 33;
  • obligaciones de notificación conforme al artículo 7(2);
  • obligaciones relacionadas con SCIP;
  • obligaciones relacionadas con las Fichas de Datos de Seguridad (FDS) para sustancias y mezclas; y
  • futuras medidas regulatorias.

Posteriormente, una SVHC puede ser considerada para su inclusión en el Anexo XIV de REACH, donde su uso continuado después de una fecha de expiración puede requerir una autorización.

Por separado, una sustancia también puede estar sujeta a restricciones en virtud del Anexo XVII de REACH.

Lista de sustancias candidatas frente al Anexo XVII de REACH

Las empresas confunden con frecuencia estos dos mecanismos de REACH.

Lista de sustancias candidatas

La Lista de sustancias candidatas identifica las sustancias extremadamente preocupantes (SVHC) y establece principalmente obligaciones de información, notificación y comunicación en la cadena de suministro.

Anexo XVII de REACH

El Anexo XVII de REACH establece restricciones sobre la fabricación, comercialización o uso de determinadas sustancias, mezclas o artículos.

Una restricción puede:

  • prohibir una sustancia en una aplicación específica;
  • establecer límites de concentración;
  • imponer requisitos de etiquetado; o
  • permitir determinados usos mientras restringe otros.

Por lo tanto, una evaluación completa de la conformidad de un producto con REACH debería considerar ambos aspectos:

Requisitos relativos a las SVHC de la Lista de sustancias candidatas + restricciones aplicables del Anexo XVII.

Un producto que no contiene ninguna SVHC de la Lista de sustancias candidatas por encima del 0,1 % no es automáticamente conforme con REACH si infringe una restricción aplicable del Anexo XVII.

¿A qué productos pueden aplicarse los requisitos relativos a las SVHC de REACH?

REACH puede afectar a una amplia variedad de productos y materiales, entre ellos:

  • equipos eléctricos y electrónicos;
  • maquinaria;
  • productos sanitarios;
  • componentes de automoción;
  • cables y conectores;
  • productos de plástico;
  • productos de caucho;
  • textiles;
  • muebles;
  • revestimientos;
  • adhesivos;
  • baterías;
  • envases y embalajes;
  • componentes metálicos;
  • juguetes;
  • productos de consumo; y
  • equipos industriales.

Las sustancias de la Lista de sustancias candidatas pueden estar presentes en materiales como:

  • PVC;
  • elastómeros;
  • adhesivos;
  • pinturas y revestimientos;
  • recubrimientos y tratamientos superficiales;
  • soldaduras;
  • plásticos;
  • tintas;
  • selladores;
  • lubricantes;
  • sistemas ignífugos; y
  • componentes electrónicos.

Cómo determinar si su producto contiene una SVHC

En el caso de productos complejos, depender de una única declaración genérica del proveedor rara vez constituye la estrategia de cumplimiento más sólida.

Una evaluación práctica suele seguir varios pasos.

Paso 1 – Elaborar una lista completa de materiales (BOM)

Identifique todos los elementos pertinentes, incluidos:

  • componentes;
  • piezas;
  • subconjuntos;
  • materiales;
  • recubrimientos;
  • adhesivos;
  • etiquetas;
  • cables;
  • elementos de ferretería;
  • plásticos; y
  • piezas personalizadas.

El análisis debe realizarse en el nivel de artículo correspondiente.

Paso 2 – Recopilar la documentación de los proveedores

La documentación pertinente puede incluir:

  • declaraciones de conformidad con REACH;
  • declaraciones sobre SVHC;
  • declaraciones de materiales;
  • declaraciones completas de materiales (Full Material Declarations);
  • fichas de datos de seguridad (FDS);
  • informes de ensayos analíticos;
  • declaraciones IPC-1752A;
  • declaraciones IEC 62474; y
  • declaraciones específicas de los proveedores sobre las sustancias presentes.

Siempre que sea posible, las declaraciones de los proveedores deben indicar la versión o fecha de la Lista de sustancias candidatas que cubren.

Una declaración que indique únicamente:

«Cumplimos con REACH»

sin identificar la versión de la Lista de sustancias candidatas, el alcance de las sustancias evaluadas o las pruebas justificativas proporciona una garantía reglamentaria limitada.

Paso 3 – Comparar con la Lista de sustancias candidatas actual

La información proporcionada por los proveedores debe evaluarse con respecto a la Lista de sustancias candidatas actual, que contiene 253 entradas, y no con respecto a una lista obsoleta.

Esto es especialmente importante cuando la documentación es anterior a una actualización reciente de la Lista de sustancias candidatas.

Paso 4 – Realizar una evaluación de riesgos

La falta de documentación, o una documentación insuficiente, no significa necesariamente que cada componente deba someterse a ensayos de laboratorio.

En su lugar, priorice los materiales en función de factores como:

  • las aplicaciones conocidas de las SVHC;
  • la composición química de los materiales;
  • la fiabilidad del proveedor;
  • el país de fabricación;
  • los datos históricos de ensayos;
  • las declaraciones anteriores; y
  • la probabilidad de que existan requisitos reglamentarios aplicables.

Paso 5 – Realizar ensayos específicos cuando sea necesario

Los ensayos de laboratorio pueden ser útiles cuando la documentación disponible es inexistente, contradictoria o insuficiente.

Según la sustancia sospechosa y el material analizado, las técnicas analíticas pueden incluir:

  • XRF;
  • GC-MS;
  • LC-MS;
  • ICP-MS; y
  • otros métodos específicos para determinadas sustancias.

Por lo general, los ensayos deben realizarse de forma específica y basada en los riesgos, en lugar de analizar indiscriminadamente cada componente para todas las sustancias de la Lista de sustancias candidatas.

¿Son obligatorios los ensayos de laboratorio para las SVHC de REACH?

No es obligatorio automáticamente.

REACH establece obligaciones de cumplimiento, pero por lo general no exige que todos los fabricantes realicen ensayos de laboratorio exhaustivos de cada producto para detectar todas las SVHC de la Lista de sustancias candidatas.

En su lugar, los fabricantes e importadores deben disponer de información suficiente para determinar y demostrar el cumplimiento de sus obligaciones aplicables.

Por lo tanto, una evaluación técnica sólida puede combinar:

documentación de proveedores + conocimiento de los materiales + evaluación de riesgos + ensayos de laboratorio específicos.

Los ensayos son especialmente útiles cuando:

  • falta información del proveedor;
  • las declaraciones de los proveedores están desactualizadas;
  • la documentación es contradictoria;
  • están presentes materiales de alto riesgo;
  • la cadena de suministro no puede identificar la composición de los materiales; o
  • un cliente o programa de cumplimiento exige una verificación independiente.

Cumplimiento de las SVHC de REACH para productos electrónicos

Los productos eléctricos y electrónicos pueden contener cientos o incluso miles de componentes individuales.

Las áreas que normalmente requieren especial atención incluyen:

  • los ensamblajes de circuitos impresos (PCBA);
  • los conectores;
  • los cables;
  • las carcasas de plástico;
  • las etiquetas;
  • los adhesivos;
  • las soldaduras;
  • los recubrimientos;
  • los interruptores;
  • los relés;
  • los transformadores;
  • las pantallas;
  • los tornillos y otros elementos metálicos;
  • los pies de goma;
  • las espumas; y
  • las fuentes de alimentación.

Por lo tanto, una declaración que cubra únicamente el PCBA puede no ser suficiente para demostrar la conformidad con REACH del producto terminado completo.

Debe considerarse toda la estructura del producto.

Proceso de cumplimiento de las SVHC de REACH

Un programa práctico de cumplimiento puede seguir la siguiente secuencia:

1. Determinar el alcance del producto

Identifique los productos, conjuntos y artículos comercializados en el mercado de la UE.

2. Recopilar la información de los proveedores

Solicite declaraciones e información sobre los materiales basadas en la Lista de sustancias candidatas actual.

3. Revisar la documentación

Confirme:

  • el alcance de las sustancias evaluadas;
  • la fecha de la Lista de sustancias candidatas;
  • la aplicabilidad a nivel de artículo;
  • la identidad del proveedor;
  • las pruebas analíticas de respaldo; y
  • cualquier concentración declarada de SVHC.

4. Identificar las lagunas de información

Identifique los componentes que presenten:

  • información faltante;
  • declaraciones desactualizadas;
  • cobertura incompleta de sustancias; o
  • un mayor riesgo asociado al material.

5. Realizar ensayos basados en los riesgos

Utilice ensayos de laboratorio cuando las pruebas documentales no permitan resolver suficientemente el riesgo.

6. Determinar las obligaciones conforme al artículo 33 de REACH

Identifique los artículos que contienen sustancias de la Lista de sustancias candidatas en una concentración superior al 0,1 % en peso.

7. Evaluar las obligaciones conforme al artículo 7(2)

Determine si el tonelaje anual y los demás criterios aplicables activan la obligación de notificación a la ECHA.

8. Evaluar los requisitos de SCIP

Determine si los artículos pertinentes comercializados en el mercado de la UE requieren una notificación a la base de datos SCIP.

9. Crear y mantener un expediente técnico

Enviropass ayuda a fabricantes, importadores y proveedores a implementar programas de cumplimiento de REACH para artículos y productos complejos.

Los servicios pueden incluir:

  • evaluaciones de la aplicabilidad de REACH;
  • evaluaciones de las SVHC de la Lista de sustancias candidatas;
  • revisión de la documentación de los proveedores;
  • evaluaciones de la lista de materiales (BOM) y a nivel de componentes;
  • recopilación de datos de la cadena de suministro;
  • evaluaciones de riesgos;
  • análisis de brechas de cumplimiento;
  • ensayos de laboratorio específicos;
  • asistencia con las obligaciones de comunicación conforme al artículo 33;
  • preparación de notificaciones SCIP;
  • preparación de documentación técnica;
  • evaluaciones de las restricciones del Anexo XVII de REACH; y
  • seguimiento continuo de los cambios regulatorios.

Conserve:

  • las declaraciones de los proveedores;
  • las listas de materiales (BOM);
  • las evaluaciones de riesgos;
  • los informes de ensayos de laboratorio;
  • las comunicaciones;
  • los registros SCIP; y
  • las conclusiones de cumplimiento.
REACH SVHC

10. Supervisar las actualizaciones de la Lista de sustancias candidatas

El cumplimiento de REACH no es un ejercicio que se realiza una sola vez.

Cada vez que la ECHA añade nuevas sustancias a la Lista de sustancias candidatas, puede ser necesario reevaluar la documentación de los proveedores que anteriormente se consideraba conforme.

¿Qué debe incluir una declaración REACH?

Una declaración REACH útil de un proveedor debería identificar, idealmente:

  • el nombre del proveedor;
  • el producto o número de pieza;
  • la fecha de la declaración;
  • la versión o fecha de la Lista de sustancias candidatas;
  • si existen SVHC de la Lista de sustancias candidatas en una concentración superior al 0,1 % en peso;
  • el nombre y el identificador de la sustancia, cuando corresponda;
  • el artículo o componente que contiene la sustancia;
  • la concentración o el intervalo de concentración, cuando corresponda;
  • información suficiente para garantizar un uso seguro; y
  • el representante autorizado o signatario.

Las declaraciones como:

«Nuestros productos cumplen con REACH»

son mucho menos útiles cuando no especifican la fecha de la Lista de sustancias candidatas ni el alcance de la evaluación.

REACH SVHC Scope

¿Con qué frecuencia debe actualizarse la documentación sobre las SVHC de REACH?

Las empresas deberían revisar la documentación de REACH cada vez que:

  • la ECHA actualice la Lista de sustancias candidatas;
  • cambien los proveedores;
  • cambien los materiales del producto;
  • se modifiquen las listas de materiales (BOM);
  • cambien los procesos de fabricación;
  • entre en vigor un nuevo requisito reglamentario aplicable al mercado; o
  • las declaraciones existentes ya no cubran la Lista de sustancias candidatas vigente.

Dado que las obligaciones relacionadas con la Lista de sustancias candidatas pueden aplicarse inmediatamente tras la inclusión de una sustancia, el seguimiento de las actualizaciones reglamentarias constituye una parte importante del mantenimiento de la conformidad con REACH.

Proposed for Inclusion as SVHC Under REACH

REACH SVHC vs. RoHS

REACH y la directiva RoHS son marcos jurídicos independientes.

RoHS

La directiva RoHS de la UE restringe determinadas sustancias peligrosas en los equipos eléctricos y electrónicos, generalmente a nivel de material homogéneo.

REACH

Las obligaciones relacionadas con la Lista de sustancias candidatas de REACH pueden aplicarse a una gama mucho más amplia de artículos y materiales y utilizan el umbral del 0,1 % en peso (p/p) a nivel de artículo para determinadas obligaciones clave de comunicación.

Por lo tanto, un producto puede:

  • cumplir con RoHS, pero contener una SVHC de REACH sujeta a declaración;
  • cumplir con los requisitos relativos a las SVHC de REACH, pero incumplir una restricción aplicable del Anexo XVII; o
  • estar sujeto tanto a los requisitos de REACH como a los de RoHS.

En el caso de los productos eléctricos y electrónicos, normalmente es necesario realizar ambas evaluaciones.

REACH SVHC vs. POPs

El Reglamento de la UE sobre contaminantes orgánicos persistentes (COP) constituye otro marco jurídico independiente.

Algunas sustancias preocupantes pueden estar reguladas por varios regímenes a la vez.

Por ejemplo, una sustancia puede:

  • figurar en la Lista de sustancias candidatas de REACH;
  • estar restringida en virtud del Anexo XVII de REACH;
  • estar restringida por el Reglamento sobre COP; o
  • estar sujeta a otro requisito específico aplicable al producto.

Por lo tanto, una evaluación completa de la conformidad ambiental de un producto debería considerar el conjunto del marco reglamentario aplicable, en lugar de evaluar las SVHC de REACH de forma aislada.

Preguntas frecuentes sobre las SVHC de REACH

¿Cuántas SVHC de REACH hay en 2026?

For many article-related obligations, the key threshold is 0.1% weight by weight of a Candidate List substance in the individual article.

Para muchas de las obligaciones relacionadas con los artículos, el umbral clave es del 0,1 % en peso (p/p) de una sustancia de la Lista de sustancias candidatas en cada artículo individual.

No.

El umbral del 0,1 % generalmente activa obligaciones de información y notificación. No implica automáticamente la prohibición de la SVHC.

Las restricciones o prohibiciones pueden derivarse de otros mecanismos, como el Anexo XVII de REACH, los requisitos de autorización del Anexo XIV u otra legislación aplicable.

No necesariamente.

En el caso de un objeto complejo compuesto por varios artículos, el umbral se evalúa a nivel de cada artículo individual.

Los proveedores deben proporcionar información suficiente para permitir el uso seguro del artículo y, como mínimo, identificar la sustancia incluida en la Lista de sustancias candidatas cuando se aplique el umbral.

Los consumidores que soliciten esta información deben recibirla en un plazo de 45 días.

Entre otras condiciones, el artículo 7(2) puede aplicarse cuando una sustancia de la Lista de sustancias candidatas está presente en los artículos pertinentes en una concentración superior al 0,1 % en peso (p/p) y la cantidad total de dicha sustancia supera una tonelada por productor o importador al año.

La ECHA indica que, cuando se cumplen los criterios aplicables, la notificación debe realizarse generalmente en un plazo de seis meses desde la inclusión de la sustancia en la Lista de sustancias candidatas.

No.

Se trata de mecanismos de notificación distintos, con diferentes fundamentos jurídicos y criterios de aplicación.

SCIP deriva de la Directiva marco de residuos y se aplica a los artículos sujetos a esta obligación que contienen sustancias de la Lista de sustancias candidatas en una concentración superior al 0,1 % en peso (p/p) y que se comercializan en el mercado de la UE.

La ECHA indica que los minoristas y otros actores de la cadena de suministro que suministran artículos directa y exclusivamente a los consumidores no están sujetos a la obligación de presentación de información en SCIP.

Puede formar parte de las pruebas de cumplimiento, pero su fiabilidad depende de su alcance, fecha y de la información justificativa disponible.

En el caso de productos complejos, los fabricantes deben evaluar si la documentación de los proveedores cubre adecuadamente toda la lista de materiales (BOM) y la Lista de sustancias candidatas vigente.

No automáticamente.

Los ensayos de laboratorio son una de las formas de obtener pruebas de cumplimiento y resultan especialmente útiles cuando la documentación de los proveedores y la información sobre los materiales no permiten determinar de manera suficiente la presencia o ausencia de las sustancias pertinentes.

Cómo Enviropass puede ayudar con el cumplimiento de las SVHC de REACH

Enviropass ayuda a fabricantes, importadores y proveedores a implementar programas de cumplimiento de REACH para artículos y productos complejos.

Los servicios pueden incluir:

  • evaluaciones de la aplicabilidad de REACH;
  • evaluaciones de las SVHC de la Lista de sustancias candidatas;
  • revisión de la documentación de los proveedores;
  • evaluaciones de la lista de materiales (BOM) y a nivel de componentes;
  • recopilación de datos de la cadena de suministro;
  • evaluaciones de riesgos;
  • análisis de brechas de cumplimiento;
  • ensayos de laboratorio específicos;
  • asistencia con las obligaciones de comunicación conforme al artículo 33;
  • preparación de notificaciones SCIP;
  • preparación de documentación técnica;
  • evaluaciones de las restricciones del Anexo XVII de REACH; y
  • seguimiento continuo de los cambios regulatorios.

Evaluación estándar del cumplimiento de REACH

Para las empresas que ya disponen de documentación sólida de sus proveedores, Enviropass puede revisar las pruebas disponibles en relación con la Lista de sustancias candidatas vigente y los requisitos aplicables de REACH.

Evaluación integral del cumplimiento de REACH

Para productos más complejos o cadenas de suministro con información incompleta, la evaluación puede combinar:

  • la recopilación de documentación;
  • el seguimiento con los proveedores;
  • la revisión técnica;
  • la evaluación de riesgos;
  • ensayos específicos; y
  • la preparación de la documentación de cumplimiento.

Formación y asistencia para el cumplimiento de REACH

Enviropass también puede apoyar a los equipos internos de cumplimiento ambiental mediante el desarrollo de procesos repetibles para:

  • la auditoría de proveedores;
  • la evaluación de SVHC;
  • la revisión de la documentación;
  • el seguimiento de los cambios regulatorios; y
  • el mantenimiento del expediente técnico.

Mantenga actualizada su evaluación de las SVHC de REACH

El cumplimiento de la Lista de sustancias candidatas de REACH evoluciona con el tiempo.

Un producto evaluado con respecto a una versión anterior de la Lista de sustancias candidatas puede requerir una nueva revisión cuando se añadan nuevas sustancias, especialmente cuando las declaraciones de los proveedores no se actualizan automáticamente.

En agosto de 2026, la Lista de sustancias candidatas vigente contiene 253 entradas.

Por lo tanto, las empresas que comercializan productos en la Unión Europea deben confirmar que su documentación refleja la Lista de sustancias candidatas vigente y que se han abordado todas las obligaciones aplicables conforme al artículo 33, el artículo 7(2) y SCIP.

¿Necesita ayuda para evaluar un producto o actualizar un expediente técnico de REACH existente?

Contacte con Enviropass para una consulta gratuita.

Fuentes reglamentarias

Esta página se basa principalmente en fuentes reglamentarias europeas oficiales y autorizadas, entre ellas:

Última revisión técnica: agosto de 2026

Para obtener información sobre cómo Enviropass selecciona las fuentes reglamentarias, revisa el contenido técnico y corrige la información publicada, consulte nuestra Política editorial.

Regulatory Sources

This page is based primarily on authoritative European regulatory sources, including: